PENSION DE VIUDEDAD EN COLOMBIA

Si se encuentra separado o divorciado y el que fue su cónyuge ha fallecido, usted posee el derecho a recibir una pensión por viudedad siempre que se cumpla con los requisitos exigidos por la ley colombiana.
Cabe destacar, que para poder determinar si puede recibir una pensión de viudad por parte de su expareja, el fallecido debe cumplir con lo siguiente:
- El fallecido debe encontrarse dado de alta en Seguridad Social o de alta en la fecha de su fallecimiento, y posea menos de 500 días cotizados en los últimos cinco años.
- En caso de no estar dado de alta se requiere un periodo de cotización de 15 años, exceptuando los casos donde el fallecimiento ha sido por accidente o enfermedad.
En este articulo explicaremos todo lo relacionado con la pensión de viudedad y cuales son los requisitos para poder solicitarla.

¿Quién puede Cobrar la Pensión de Viudedad en Caso de Separación?
Para disponer del derecho de percibir la pensión de viudedad deben cumplirse algunos requisitos, los cuales son diferentes dependiendo de la fecha en la que se produjo la separación.
Para aquellas separaciones con una anterioridad al 1 de enero del 2008, los requisitos son los siguientes:
- Entre la fecha de divorcio y la fecha de fallecimiento no pueden trascurrir más de 10 años.
- No haber vuelto a contraer matrimonio o conformarse como parejas de hecho.
- El matrimonio debe poseer una duración mínima de 10 años.
- Debe existir hijos en común o que el beneficio sea mayor de 50 años al momento del fallecimiento.
Para aquellas separaciones posteriores al 1 de enero del 2008, los requisitos son los siguientes:
- No haber vuelto a contraer matrimonio o conformarse como parejas de hecho.
- Quien solicita la pensión de viudedad debe ser acreedor de la pensión compensatoria.
- Debe existir hijos en común o que el beneficio sea mayor de 50 años al momento del fallecimiento.
- El matrimonio debe poseer una duración mínima de 10 años.
De acuerdo a los abogados en pensiones, si el fallecido estuvo casado o haya tenido varias parejas inscritas, tendrá el derecho de la pensión de viudedad quien fuera cónyuge o pareja al momento del fallecimiento
Por otra parte, es importante destacar que en estos casos no surgen dos pensiones de viudedad por una misma persona, sino que la pensión se repartirá entre los beneficiados en función del tiempo de convivencia con cada uno, garantizándole el 40% para quien fuera cónyuge al momento del fallecimiento.
Pensión de Viudedad para Divorciados
En caso de divorcio el sobreviviente debe presentar los siguientes requisitos:
- Acreedor de la pensión compensatoria, que se extinguirá a la muerte del causante.
- No haber vuelto a contraer matrimonio o conformarse como parejas de hecho.
Pensión de Viudedad para Separados Judicialmente
En caso de estar separados judicialmente debe presentar los siguientes requisitos:
- Acreedor de la pensión compensatoria, que se extinguirá a la muerte del causante.
- En caso de reconciliación debe estar inscrito en el Registro Civil correspondiente.

¿Qué sucede si el fallecido se ha casado tras el divorcio?
Si la persona fallecida contrajo matrimonio, la pensión de viudedad se repartirá entre el sobreviviente y el separado o divorciado, en proporción al tiempo vivido con el causante.
Además, la otra persona recibirá una pensión de viudedad que será proporcional al tiempo que estuvieron conviviendo.
Lo que se busca con esta pensión es prevenir la desprotección económica en familias donde el fallecido era el principal sustento económico del hogar.
Sin embargo, es importante acotar que no todas las personas que sean viudas poseen el derecho a solicitar una pensión de viudedad, es por ello que se debe cumplir con los requisitos establecidos para acceder a ella.
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